Para mis amigas y amigos.

Con este video quiero dar las gracias a mis amigos y amigas por su apoyo, paciencia y comprensión y decirles que pueden contar conmigo como yo lo hago con ellos.

¡¡¡Gracias, sois geniales!!!



La diversidad permite se conocedores de todo, la unidad ayuda a encauzar los esfuerzos con un propósito, pero entre lo estas fuerzas hay frágil balanza.

Luís Gabriel Carrillo Navas

sábado, 16 de agosto de 2008

Alejandra, una niña gallega discriminada por su diversidad



Educación la envía a un centro especial pese a la voluntad familiar de que no sea excluida



Los padres de Alejandra -una niña gallega de 14 años con diversidad funcional intelectual- se han visto ingratamente sorprendidos al conocer la decisión de la Delegación Provincial de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria en Pontevedra, al cambiar la modalidad de escolarizació n de la niña para el próximo curso, lo que supone su traslado desde el CPI "El Progreso" de Catoira (Pontevedra) –donde siempre ha estado escolarizada y en cuyo municipio está ubicado el domicilio familiar- hacia el Centro de Educación Especial de Vilagarcía de Arousa, alejado 15 kilómetros.
"Esta arbitraria decisión es una ofensa al sentido común y una grave vulneración de los derechos humanos de mi hija", declara Mónica Sumay, madre de Alejandra, que hasta ahora no había recibido ninguna notificación oficial, enterándose a través de una comunicación de la dirección del actual centro, con lo cual no se ha tenido en cuenta para nada la opinión de los padres, en contra de las normativas vigentes.
Alejandra es una persona incluida en un centro educativo público, CPI "El Progreso", ubicado en su propia localidad de residencia, donde convive junto a sus hermanos, vecinos y padres, participando de la comunidad y contribuyendo a una socialización inclusiva y diversa. El CPI cuenta entre sus designios promover la igualdad de oportunidades, evitando todo tipo de discriminaciones, para lo cual debe establecer las medidas necesarias que garanticen la plena integración de todos los alumnos en el centro y contar con los recursos adecuados para ello. Tramitar la escolarizació n de Alejandra en un Centro de Educación Especial (CEES) que se ubica fuera de su localidad, existiendo otras posibilidades de escolarizació n en su actual CPI, constituye una medida impropia de un estado de derecho, denegando las ventajas aportadas por el modelo pedagógico y de normalización de servicios, para retrotraerse a prácticas y recursos propios de un modelo institucionalizador y clínico, previsiblemente lesivo para Alejandra.
Los CIP son concebidos para la normalización educativa y han de estar dotados de recursos de integración adecuados para las personas con necesidades especiales de apoyo educativo (NEAE) como Alejandra. Sobre el CPI recae la competencia y el deber de viabilizar la inclusión educativa de los alumnos con NEAE, favoreciendo la participación en la vida social y cultural y la formación en el respeto a la diversidad en nuestra sociedad. Tramitar el traslado a un CEES de una alumna escolarizada y perfectamente integrada en el CPI, comportará la discriminació n de Alejandra por cuanto afecta a sus derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación. La presunta insuficiencia de recursos personales o materiales para la escolarizació n de un alumno con NEAE en un CPI, en ningún caso debe ser excusa para proceder al apartamiento y exclusión de un alumno que ya está escolarizado, sino al contrario, el CPI debe tramitar ante la administració n pública la demanda de recursos suficientes para solventar las necesidades de apoyo del alumno. "¿Por qué Alejandra tiene que ir el próximo curso a un centro a 15 km. de distancia y sus hermanos pueden seguir en Catoira? ¿Por su diversidad funcional? ¿Por no dotar al CPI de los recursos necesarios? Si finalmente esto se lleva a cabo, será una grave discriminació n para mi hija y propiciada por los responsables de Educación", añade la madre.
"Disposiciones como la LISMI (Ley de Integración Social de los Minusválidos, Leyes educativas, la LIONDAU (Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminació n y Accesibilidad Universal, Ley 51/2003), la misma Constitución Española de 1978, el propio Estatuto Gallego de Autonomía de 1981 y la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad -en vigor en España desde 3 de mayo de 2008-, protegen claramente los derechos humanos de Alejandra y no se puede consentir que los mismos sean menospreciados a través de una decisión injusta de la Delegación de Educación; por eso llegaré hasta donde sea necesario", afirma rotundamente Mónica Sumay.

FORO DE VIDA INDEPENDIENTE

16 de agosto de 2008

"NADA SOBRE NOSOTROS SIN NOSOTROS"

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mailto:foro.vida.independiente@gmail.com
¡Exigimos igualdad!


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